-
Mi hijo tiene menos de 18 años y está acusado de cometer una contravención o un delito: ¿Quién interviene?
Si tu hijo tiene menos de 18 años y está acusado de cometer un delito en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, interviene la justicia penal juvenil.
Puede tomar el caso el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, más precisamente los juzgados contravencionales y de faltas, o el Poder Judicial de la Nación, a través de alguno de los 7 juzgados de menores. -
Si mi hijo está acusado de cometer una contravención o un delito: ¿Necesita contratar a un abogado?
Sí. Durante el trámite de la causa tu hijo necesitará la asistencia de un abogado penalista. Es preferible que el abogado sea especialista en derecho penal juvenil y que conozca el procedimiento que se aplica a los niños, niñas y adolescentes en conflicto con la ley penal.
Si no podés pagarlo, existen otras posibilidades de asesoramiento jurídico gratuito, como la Defensoría Oficial de Menores, que depende de la Defensoría General de la Nación, compuesta por abogados especialistas que serán designados en la causa penal que investiga la acusación, sin costo alguno.
De igual modo existe el Ministerio Público de la Defensa de la Ciudad de Buenos Aires, que posee abogados también designados en las causas que tramitan ante los juzgados contravencionales, sin ningún costo. -
Mi hijo tiene menos de 15 años y está acusado de cometer un delito: ¿Lo pueden mantener detenido?
No. En este caso tu hijo no puede permanecer detenido. Tampoco lo pueden alojar en ningún instituto de régimen cerrado. Desde donde fue detenido será trasladado al Instituto “Cad Inchausti” (Centro de Admisión y Derivación) desde el cual te contactarán para que lo retires. Luego, podrá ser citado por el juez, por su defensor o por delegados del juzgado. Finalmente, la causa penal se cerrará.
-
¿Qué ocurre si mi hijo menor de 18 pero mayor de 15 años es detenido por la policía u otra fuerza de seguridad y lo acusan de cometer un delito?
Sólo un juez puede decidir que tu hijo permanezca detenido a través de órdenes que da a la policía o a cualquier otra fuerza de seguridad. Si el juez decide que tu hijo debe permanecer detenido, será alojado en lugares específicos para menores de 18 años (nunca en una comisaría), y por el menor tiempo posible.
Los operadores del instituto “Cad Inchausti” deben ponerse en contacto con vos para hacerte saber dónde está y qué ocurrirá con él, si lo tenés que retirar o si será trasladado al juzgado que interviene para investigar la acusación. En cualquier caso, podés concurrir al lugar donde tu hijo se encuentra alojado y llevar la documentación para acreditar la identidad y la edad de tu hijo (DNI, certificado y/o partida de nacimiento). -
¿Mi hijo tiene que ir al juzgado?
Sí. Es buena idea mantenerse siempre informado de lo que ocurre en la causa de tu hijo. Es recomendable que de ser posible lo acompañes a cada citación que reciba. La citación será un papel que llegue a tu domicilio que te enviará la comisaría. En ese papel podrás leer el día, hora, lugar y el motivo de la citación. También te pueden citar por teléfono o por cualquier otro medio.
Es importante que concurras siempre que recibas una citación, como también avisar personal o telefónicamente si te mudas, si te vas de viaje o si cambiás los números de teléfono. Estar en contacto con el abogado que lleve el caso de tu hijo y con los delegados designados en el expediente tutelar también es importante. -
¿Qué es un expediente tutelar?
El expediente tutelar se abre junto a la causa penal en la que se investiga la acusación de tu hijo. En el expediente tutelar están todos los datos personales y familiares además de los informes que realizan los delegados. Los delegados también pueden citar a tu hijo para que concurra al juzgado o acordar un punto de encuentro en un lugar específico.
Es muy importante acudir a esa cita y cumplir con las indicaciones del delegado.
Si tu hijo no se presenta, será citado nuevamente y en caso de que siga sin presentarse, el juez puede ordenar a la policía que lo busque en la dirección que aportó o en los lugares que frecuenta. Si la policía no lo encuentra, el juez puede declararlo “rebelde” y ordenar su inmediata detención. En ese caso podrá ser detenido por la policía en cualquier momento.
Para evitar que esto ocurra es conveniente presentarse siempre a las citaciones y en caso de no poder hacerlo, avisar al juzgado para que fije una nueva fecha de audiencia. -
¿La causa que tiene mi hijo puede perjudicarlo en un futuro?
La Policía y el Registro Nacional de Reincidencia (RNR) llevan registros (“antecedentes”) de las decisiones importantes que toman los jueces en los expedientes en los que tu hijo está acusado. Cuando tu hijo cumpla 18 años los registros no deberían tener efecto, pero puede ocurrir que de todos modos se informen cuando alguna autoridad lo requiera y esto en un futuro podría causarle problemas para encontrar trabajo o viajar a otros países.
-
¿Quiénes son las personas que intervienen en la causa de mi hijo?
→ Víctima o damnificado: Es la persona afectada por el hecho que se investiga en la causa.
→ Imputado: Es tu hijo acusado de cometer un delito o una contravención.
→ Juez: Es quien toma decisiones en la causa de tu hijo.
→ Fiscal: Es quien busca las pruebas para acusar a tu hijo. → Defensor: Es el abogado que representa a tu hijo en la
causa penal. Puede y debe aportar prueba.
→ Asesor de Menores e Incapaces: Es el que actúa en el expediente tutelar y en algunas causas penales con el fin de asegurar que se respeten los derechos de tu hijo.
→ Delegado: Es quien asiste y acompaña a tu hijo mientras se encuentra abierto el expediente tutelar (por ejemplo: tratamiento psicológico, tratamiento de rehabilitación, inscripción y/o continuidad de la escolarización, tramitación de documentos de identidad, etcétera). -
¿Qué debo esperar del abogado que de ende a mi hijo?
El abogado propuesto o designado en la causa penal de tu hijo tomará decisiones que tendrán efecto en el expediente penal. Por eso es importante que conozcas la manera en que representará a tu hijo en el juicio.
Existe un deber de confidencialidad entre el abogado y tu hijo. Esto significa que el abogado no puede divulgar lo que conversó en privado con tu hijo. Además, el trato con el abogado debe ser habitual mientras dure la causa. Es conveniente tener a mano el teléfono del abogado y preguntarle cualquier duda. También es recomendable anotar y conservar los datos importantes de la causa de tu hijo, por ejemplo: el número del expediente, la fecha de la detención, el número de la comisaría que lo detuvo, el nombre y los teléfonos de los delegados y el número, dirección y teléfono del juzgado que interviene.Te mostramos un esquema sobre el procedimiento habitual de un caso de un Juzgado Nacional de Menores:
Inicio de la causa 24 a 48 hs
POR UNA DENUNCIA
DETENCIÓN POR FUERZA POLICIAL:
A tu hijo deben trasladarlo al Instituto “Cad Inchausti”. Si el juez decide que debe permanecer detenido lo pueden derivar a los Centros Socioeducativos de Régimen Cerrado: “San Martín”, “Rocca”, “Agote”, “Belgrano” o a alguna de las residencias socioeducativas de libertad restringida. Esa decisión la toma el juez en el expediente tutelar. Si tu hijo tiene 15 años o menos, será trasladado al Instituto “Cad Inchausti”, lugar desde el cual se contactarán con vos para que lo retires, dado que en principio no puede permanecer detenido ni ser trasladado al juzgado.Audiencia flagrancia/ Declaración indagatoria 10 días hábiles después
> AUDIENCIA DE FLAGRANCIA
es un acto que sucede en el juzgado cuando el acusado es sorprendido por la policía mientras cometía el hecho o inmediatamente después. El trámite de flagrancia lo decide el fiscal. En la audiencia estarán presentes el juez, el fiscal, tu hijo y su defensor; y el asesor de menores. Allí, el fiscal le hará saber a tu hijo la acusación y las pruebas que hay en su contra, y tu hijo podrá declarar o no. El fiscal puede pedir el envío de la causa a juicio.> INDAGATORIA:es un acto que sucede en el juzgado. Debe estar presente el juez, y el defensor de tu hijo. Le harán saber la acusación y las pruebas que hay. Luego, el defensor podrá aconsejar a tu hijo si resulta conveniente que declare o no.
El juez de menores resuelve
> SOBRESEIMIENTO: la causa de tu hijo se cierra.
> FALTA DE MÉRITO: el juez debe continuar con el caso e indicar qué medidas de prueba restan hacer. Luego, decide si sobresee o procesa a tu hijo.
> PROCESAMIENTO: el juez, en base a las pruebas que hay en el expediente, considera que tu hijo cometió el delito por el cual fue acusado. Si nadie apela (pedir que otros jueces revisen la resolución) el procesamiento queda firme y el fiscal pide al juez que envíe la causa a juicio por considerar que está completa la investigación, y previa conformidad del abogado de tu hijo, la causa penal llega a alguno de los tres tribunales orales de menores (T.O.M.).
> El tribunal oral de menores estará compuesto por tres jueces. Al expediente se le asigna un nuevo número.
Es el tribunal que dictará la sentencia definitiva del caso.Ingresa a T.O.M
El T.O.M. puede resolver:
> ABSOLUCIÓN: declaración de inocencia.
> DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD: culpable. Cesa el periodo de observación tutelar –mínimo 1 año- y los jueces deciden si imponen una pena o no.
Datos útiles
-
A dónde recurrir
- Defensoría Oficial de Menores: www.mpd.gov.ar, ingresar en la solapa que dice: “guía del mpd” y buscar la defensoría necesitada. Allí podrás obtener la dirección, el teléfono y quienes son las personas a cargo de cada lugar.
- Fiscalía Nacional de Menores: www.mpf.gob.ar, ingresar en la solapa que dice: “guía del mpf” y buscar la fiscalía necesitada. Allí podrás obtener la dirección, el teléfono y el nombre de las personas a cargo de cada lugar.
- Juzgados Nacionales de Menores y Tribunales Orales de Menores: www.pjn.gov.ar, hacer “click” en fueros nacionales, luego en: “Justicia Nacional en lo Criminal y Correccional” y buscar el juzgado o tribunal correspondiente. Allí podrás obtener la dirección, el teléfono y el nombre de las personas a cargo de cada lugar.
- Institutos de Menores en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires: son los espacios donde permanecen los jóvenes detenidos (o como se los llama habitualmente: “internados”).
- Centro de Admisión y Derivación Úrsula Inchausti: Pte. Perón 2048, Caba: teléfonos: 4953-7470/7010.
- Instituto San Martín: Baldomero Fernández Moreno 1783, Caba. Teléfono: 4632-3452.
- Instituto Agote: Charcas 4602, Caba. Teléfonos: 4773-1683/3593.
- Instituto Rocca: Segurola 1601, Caba. Teléfonos: 4566-7877/5206/1813.
- Instituto Belgrano: Belgrano 2670, Teléfonos: 4943-2514/0373 y 4942-7281
- Patrocinio Jurídico Gratuito de la Universidad de Buenos Aires: Talcahuano 550, piso 8o, Caba.
- Juzgados Contravencionales y de Faltas, Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires: www.consejo.jusbaires.gob.ar , ingresar en la solapa que dice: “acceso a la justicia” y luego a la opción “guía judicial”. Allí podrás obtener la dirección, el teléfono y el nombre de las personas a cargo de cada lugar.
- Ministerio Público de la Defensa de la Ciudad de Bs. As. (contravenciones y ciertos delitos): www.mpdefensa.gob. ar, ingresar a la solapa “defensorías” y luego “contacto defensorías”. Allí podrás obtener la dirección, el teléfono y el nombre de las personas a cargo de cada lugar.
- Fiscalía General de la Ciudad de Buenos Aires (contravenciones y ciertos delitos): www.fiscalias.gob.ar, ingresar a la solapa “institucional” y luego a “autoridades”. Allí podrás obtener la dirección, el teléfono y el nombre de las personas a cargo de cada lugar.